Solo un 7 % de las viviendas en alquiler de Vigo admiten mascotas, un factor más para el abandono

Si trasladamos la búsqueda a toda la provincia de Pontevedra, este porcentaje aumenta hasta el 10%

La propietaria de un perro revisa ofertas inmobiliarias.

La propietaria de un perro revisa ofertas inmobiliarias. / Gustavo Santos

Marta Clavero

Marta Clavero

La odisea de encontrar una vivienda para alquilar se multiplica por diez si el potencial inquilino tiene mascota en su foto familiar. Tomando como muestra el número de viviendas en situación de renta que hay disponibles en Vigo, publicadas en este caso en Idealista, solo en el 6,9 % de los casos admiten animales domésticos.

A día de hoy, hay 475 viviendas en alquiler listadas en el conocido portal inmobiliario, y de ellas, solo 33 admiten mascotas. Si ampliamos la búsqueda al área viguesa, con sus concellos limítrofes, hay 20 inmuebles más, del total de 599 en alquiler, por lo que el porcentaje es algo más positivo: un 8,8%. Éste llega al 10 % si brujuleamos por toda la provincia, donde están disponibles 1.121 alquileres, de los que 112 son 'petfriendly'.

Una consecuencia directa de esta situación que cada vez se agrava más es el abandono de los animales de compañía. Muchos dueños se ven obligados a excluir de su mudanza a su perro o gato, y no les queda más remedio que dejarlo en una una protectora (en el mejor de los casos), porque no pueden seguir haciéndose cargo de él en su nueva vivienda. Se calcula que en el último año, la entrega o abandono de animales de compañía en el área de Vigo ha aumentado un 20%.

¿Pueden prohibirme tener perro en un piso alquilado?

La legislación no prohíbe explícitamente la tenencia de mascotas en un piso de alquiler. Sin embargo, el artículo 4.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) sostiene que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”. Por lo tanto, los propietarios pueden prohibir un animal de compañía siempre que figure en el contrato. En caso de que no exista una cláusula específica, los inquilinos podrán tener mascotas en la vivienda.

No obstante, aún teniendo la fortuna de encontrar una vivienda en la que admitan a tu mejor amigo animal, es posible que se impongan condiciones económicas para esos casos. Y es que gran parte de los propietarios que aceptan la entrada de perros o gatos están imponiendo el pago de otro mes por adelantado para cubrir exclusivamente los daños que pueda ocasionar la mascota en el apartamento.

¿Una comunidad de propietarios puede negarse?

La tenencia de mascotas en una vivienda no puede ser prohibida por la comunidad; es la Ley de Bienestar Animal la que regula el listado de especies que pueden o no ser animal de compañía. Sin embargo, al establecer la Ley de Propiedad Horizontal la obligación de usar de forma adecuada las instalaciones comunes, evitando daños y desperfectos, la Junta de propietarios sí podría limitar el acceso de animales a piscinas o jardines, así como el uso del ascensor. Por ejemplo, obligando a los dueños a limpiar lo que haya ensuciado su mascota o a reparar cualquier desperfecto; prohibiendo su uso al mismo tiempo que otro vecino u obligando a utilizar bozales en las zonas comunes. Así mismo, al igual que con el resto de ruidos, los vecinos podrían denunciar a un propietario si los ladridos de su perro resultan molestos al resto de la comunidad.

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